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martes, 10 de mayo de 2016

Derecho Laboral. Conceptos

Qué es el derecho laboral o derecho del trabajo
Es la rama del Derecho público cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contra prestación, también conocida como remuneración o salario. 
De allí que es un subsistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajos dependientes y de relaciones laborales, estando sustentado tanto en el derecho común respecto a las bases propias de vinculación jurídica, pero principalmente al derecho constitucional, dado que del mismo emanan sus principios. 
En otra definición, tenemos que el Derecho del Trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas positivas que regulan las relaciones entre empleadores y trabajadores, y de ambos con el Estado, originadas por la prestación voluntaria, subordinada y retribuida de la actividad humana para la producción de bienes y servicios.
El Derecho del Trabajo también es conocido como Derecho Laboral, o Derecho de la Seguridad Social.
Si bien son varias las fuentes en el Derecho del Trabajo, es importante mencionar que una de las principales es el "contrato de trabajo" y su contenido implica el estudio de dos ramas principales, que son el contrato de trabajo individual y el contrato de trabajo colectivo.
Su historia es rica, gracias a los movimientos obreros

Actores principales
El trabajador o la trabajadora:
Es toda persona física que con la edad legal suficiente presta sus servicios retribuidos, subordinados a otra persona, a una empresa o institución. Es considerada la parta más débil y por tanto las legislación para combatir dichas desigualdades impone su protección especial.

Patronal o empleador:
Es toda persona física o jurídica que emplea obreros o trabajadores en su propiedad o negocio, generalmente para realizar algún trabajo manual, con la obligación de abonar por dichos servicios una remuneración o salario. 

El Estado:
Dependiendo del sistema que fuere, el Estado tendrá mayor o menor protagonismo en el relacionamiento entre patronal y trabajador, imponiéndole al primero cargas obligatorias de cumplimiento en favor del segundo. Así, no se concibe la explotación del hombre por el hombre.-





                                
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PARAGUAY
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