Modalidades contractuales: JORNALEROS
Salario mínimo por día trabajado: Gs. 88.051 por 18 días trabajados (como mínimo).
Total mensual: Gs. 1.584.918
Están regulados por el Código Laboral. La homologación y registro no son obligatorios en el IPS
En el caso de que la patronal presente ante la Dirección del Trabajo, la homologación, debe tener en cuenta que para el jornalero se debe reunir un mínimo de 18 días al mes para la inscripción en el régimen de seguridad social.
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