Despido sin causa por el empleador según el artículo 81 del Código del Trabajo
Terminación unilateral del contrato de trabajo
El Artículo 81 del Código del Trabajo Paraguayo (Ley N° 213/93, modificado por la Ley N° 496/95) detalla las causas justificadas para la terminación unilateral del contrato laboral por parte del empleador. Este artículo establece situaciones específicas que, de comprobarse, otorgan fundamento legal al empleador para rescindir la relación laboral sin que ello implique el pago de indemnización por despido injustificado.
Artículo
81°.- Son causas
justificadas de terminación del contrato por voluntad unilateral del empleador,
las siguientes:
a)
El engaño por parte del trabajador mediante certificados o referencias
personales falsas sobre la capacidad, conducta moral o actitudes profesionales
del trabajador;
El uso de información falsa sobre la capacidad profesional o conducta moral constituye un acto de deslealtad que invalida la base de la relación laboral.
El artículo 81 del Código del Trabajo establece las causas justificadas por las cuales un empleador puede dar por terminado el contrato laboral de manera unilateral. Este artículo busca equilibrar los derechos del empleador y el trabajador, asegurando que la rescisión del contrato esté fundamentada en razones claras y verificables. En este artículo, analizaremos el inciso a) del artículo 81, que se refiere al engaño por parte del trabajador mediante certificados o referencias personales falsas.
Texto del Inciso a)
El inciso a) del artículo 81 establece como causa justificada de despido:
"El engaño por parte del trabajador mediante certificados o referencias personales falsas sobre la capacidad, conducta moral o actitudes profesionales del trabajador."
Este inciso protege al empleador de situaciones en las que el trabajador haya obtenido el empleo con información falsa que afecta la confianza y la idoneidad para el cargo desempeñado.
¿Qué significa el "Engaño" en este contexto?
El término "engaño" se refiere a la acción deliberada del trabajador de presentar información falsa o manipulada para obtener un puesto de trabajo. Este comportamiento atenta contra los principios de buena fe que deben regir la relación laboral y puede generar perjuicios para el empleador, como la contratación de personal no calificado o no apto para el cargo.
Ejemplos de Engaño
Certificados Académicos Falsos: Presentar diplomas o títulos que no se han obtenido.
Referencias Laborales Falsas: Proveer contactos o cartas de recomendación fraudulentas.
Manipulación de Experiencia: Inflar el currículum con experiencia laboral inexistente.
Falsas Declaraciones de Conducta Moral: Ocultar antecedentes penales o laborales que sean relevantes para el puesto.
Características del Inciso a)
Deliberación: El engaño debe ser intencional y no un error inadvertido.
Relación con el Trabajo: La información falsa debe estar directamente vinculada con la capacidad, conducta o actitudes requeridas para el cargo.
Impacto en la Relación Laboral: El engaño debe comprometer la confianza necesaria para el desempeño de las funciones laborales.
Responsabilidades del Empleador
El empleador debe probar que el trabajador incurrió en engaño. Esto puede incluir:
La verificación de la autenticidad de los certificados y referencias presentados.
La recopilación de pruebas que demuestren la falsedad de los documentos o declaraciones.
¿Opera la Obligación de Indemnizar?
En caso de que el empleador pueda demostrar que el trabajador incurrió en el engaño descrito en el inciso a), el despido se considera justificado y no genera la obligación de indemnizar. Sin embargo, el empleador debe cumplir con otros derechos adquiridos por el trabajador, como el pago de salarios pendientes y beneficios no utilizados.
Impacto del Inciso a) en el Derecho Laboral
Este inciso subraya la importancia de la honestidad y la buena fe en el inicio de la relación laboral. Protege a los empleadores de contratar a personas no calificadas que puedan generar riesgos o daños a la operatividad de la empresa. Al mismo tiempo, resalta la necesidad de un proceso de selección riguroso para evitar conflictos posteriores.
Características de las causales justificadas
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Naturaleza contractual:Las causas justificadas están vinculadas a la relación laboral y surgen de un incumplimiento de las obligaciones contractuales o normativas.
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Pruebas fehacientes:La terminación unilateral debe basarse en evidencia clara y suficiente que demuestre el incumplimiento o la conducta impropia.
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Proporcionalidad:Las acciones del empleador deben ser proporcionales a la falta cometida, garantizando un equilibrio entre los derechos de ambas partes.
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Procedimiento:En la mayoría de los casos, el empleador debe notificar formalmente al trabajador y documentar las razones del despido.
Conclusión
El inciso a) del artículo 81 del Código del Trabajo es una herramienta legal importante que garantiza la integridad y transparencia en las relaciones laborales. La presentación de información falsa por parte del trabajador representa una ruptura de la confianza esencial para el cumplimiento del contrato, justificando la terminación del mismo sin obligación de indemnizar. Tanto empleadores como trabajadores deben actuar con responsabilidad y honestidad para promover relaciones laborales éticas y sostenibles.
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