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miércoles, 6 de junio de 2018

Disposiciones nulas del RIT

 

El Reglamento Interno de Trabajo permite regular normas disciplinarias en la empresa, y establecer reglas que permitan mayor efectividad laboral entre patronal y trabajadores, pero no está todo permitido, sino que siempre deberá ajustarse a los parámetros generales de la ley laboral y sus normativas.

El Código del Trabajo prevé en su artículo 355, que "Toda disposición del Reglamento Interno que contraríe las normas legales o contractuales relativas al trabajo, así como los reglamentos de higiene, seguridad y salubridad, se tendrá como inexistente".


 



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viernes, 18 de mayo de 2018

Reglamento Interno de Trabajo

 

¿Sabías qué?

Toda empresa o particular como patronal, con más de diez (10) trabajadores contará con Reglamento Interno de Trabajo (RIT) homologado, para aplicar las sanciones disciplinarias previstas en los incisos a), d) y e) del artículo 353 del Código del Trabajo, salvo que el empleador decida aplicarlas en substitución del despido.

Artículo 354 del Código del Trabajo.





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miércoles, 18 de abril de 2018

Objetivos del Sistema de Prevención de Riesgos

La Ley Ley Nº 5804, Sistema de prevención de riesgo laboralha dado ciertas definiciones sobre prevención, riesgo laboral, daños del trabajo y también ha establecido los objetivos del Sistema Nacional de Prevención de Riesgos. En el artículo 4º de la Ley Nº 5804, vimos las principales  definiciones
Ahora veremos los objetivos del SNPRL

Cuáles son los objetivos del Sistema Nacional de Prevención de Riesgos Laborales en Paraguay.
Según el artículo 3º, son:
Objetivos del Sistema Nacional de Prevención de Riesgos Laborales.
El Sistema Nacional de Prevención de Riesgos Laborales tiene los siguientes objetivos:
a) Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que puedan afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo tales como: los físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad.
b) Reglamentar las obligaciones frente a las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
c) Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales.
d) Aplicación progresiva de los componentes y herramientas técnicas previstas en esta Ley, que hacen parte del Sistema Nacional de Prevención de Riesgos Laborales sean estas con relación de dependencia y/o independientes y tanto a las personas físicas y jurídicas del sector privado como del sector público.


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