LEY Nº 213/93
Artículo 1° • Objeto del Código :
Este artículo establece que el Código del Trabajo tiene como objetivo regular las relaciones laborales entre trabajadores y empleadores, enfocándose en la prestación de servicios laborales bajo condiciones... ver comentario Artículo 1°
Artículo 2° • Sujetos de la Ley:
Este artículo determina quiénes están sujetos a las disposiciones del Código:
- Trabajadores intelectuales, manuales y técnicos en relación de dependencia. Trabajadores intelectuales, manuales y técnicos en relación de dependencia, que abarca una amplia gama de profesionales y operarios.
- Profesores de instituciones privadas y deportistas profesionales.
- Sindicatos de trabajadores y empleadores del sector privado.
- Trabajadores de empresas estatales y municipales.
Análisis ...ver comentario Artículo 2°
Exclusiones:
- Los miembros de las Fuerzas
Armadas y de la Policía están excluidos de esta regulación y se rigen por leyes
especiales.
La exclusión de los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía del Código del Trabajo y su sujeción a leyes específicas se debe a las particularidades y exigencias de sus funciones.
Aquí están algunas razones clave:
Naturaleza de las Funciones
- Seguridad y Defensa Nacional: Las
Fuerzas Armadas y la Policía tienen la responsabilidad de proteger la seguridad
y el orden público del país. Esto incluye la defensa nacional y el
mantenimiento del orden interno, tareas que requieren una organización,
disciplina y disponibilidad permanentes que difieren de las relaciones
laborales típicas.
- Disciplinas y Jerarquía: Los miembros de estas fuerzas deben cumplir con una estricta disciplina y jerarquía, necesarias para el desempeño eficiente y coordinado de sus funciones. Las leyes específicas que rigen a estas fuerzas consideran estos aspectos únicos.
Necesidades Operativas
- Disponibilidad Permanente: Los militares
y policías deben estar disponibles para servicio en cualquier momento, sin
restricciones de horarios laborales típicos. Esto implica una flexibilidad que
no se ajusta a las regulaciones estándar de trabajo.
- Entrenamiento y Condiciones Especiales:
Estas fuerzas requieren un entrenamiento y condiciones de servicio específicas
que incluyen riesgos y responsabilidades que no están contempladas en el Código
del Trabajo común.
Legislación Específica
- Regulación Especializada : Existen leyes especiales que regulan las condiciones de trabajo, derechos, deberes y beneficios específicos de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía. Estas leyes están diseñadas para abordar las particularidades de sus roles y asegurar que se mantenga la integridad y eficacia operativa.
Seguridad Nacional y Orden
Público
- Prioridad de Seguridad: La protección de la seguridad nacional y el orden público es una prioridad que puede requerir medidas y regulaciones especiales. Por ello, las condiciones de trabajo y derechos de los miembros de estas fuerzas se establecen en un marco legislativo separado que tiene en cuenta estas necesidades prioritarias.
Esta exclusión asegura que las normativas laborales sean adecuadas y efectivas para las circunstancias únicas de los militares y policías, sin comprometer la seguridad y eficacia de sus funciones.
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Comentario:
- Artículo 1° Código del Trabajo
- Artículo 2° Código del Trabajo
- Artículo 3° Código del Trabajo
- Artículo 4° Código del Trabajo
- Artículo 5° Código del Trabajo
- Artículo 6° Código del Trabajo
- Artículo 7° Código del Trabajo
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- Código del Trabajo
- Libro Primero • Disposiciones Generales y Contrato Individual de Trabajo
- Libro Segundo • De las condiciones generales del trabajo
- Libro Tercero • De las relaciones colectivas de trabajo
- Libro Cuarto • De la Seguridad Social
- Libro Quinto • De las sanciones y cumplimiento de las leyes de trabajo
- Leyes especiales del fuero laboral
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